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DIRECCIÓN DE CONTROL

 

Directora de Control
Cenovia Alvarez L.
Correo electrónico
control@comunaparedones.cl
Teléfono de contacto:
72 2 82 56 70
72 2 82 42 89
72 2 82 48 38
Dirección:
Av. Dr. Moore 15, Paredones

 

Funciones asociadas

La Dirección de Control tendrá las siguientes funciones generales:

a) Realizar la auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de fiscalizar la legalidad y eficiencia de su actuación.

b) Controlar la ejecución financiera y presupuestaria y representar al Concejo los déficit que advierta en el presupuesto municipal, a lo menos trimestralmente.

c) Representar al Alcalde los actos municipales cuando los estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objetivo tendrá acceso a toda la información disponible.

d) Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario; asimismo deberá informar, también trimestralmente, sobre el estado de cumplimiento de los pagos por concepto de cotizaciones previsionales de los funcionarios municipales y de los trabajadores que se desempeñen en servicios incorporados a la gestión municipal, administrados directamente por la municipalidad y de los aportes que la municipalidad debe efectuar al Fondo Común Municipal. En todo caso deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que le formule un Concejal.

e) Asesorar al Concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel pueda requerir en virtud de la normativa vigente.

f) Realizar, con la periodicidad que determine el reglamento señalado en el artículo 92, una presentación en sesión de comisión del concejo, destinada a que sus miembros puedan formular consultas referidas al cumplimiento de las funciones que le competen.

f) Prestar asesoría al Alcalde y al Concejo y servir de órgano de consulta para el resto de las unidades municipales en lo relativo al control operativo interno.

g) Fiscalizar a las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones Municipales, respecto del uso y destino de sus recursos, pudiendo disponer de toda la información que requiera para tal efecto.

h) Atender los requerimientos que le formule la Contraloría General de la República, de la que depende técnicamente.

i) Efectuar controles permanentes y sistemáticos a las unidades operativas y administrativas.

j) Realizar comprobaciones de inventarios físicos en forma regular.

k) Efectuar verificaciones sobre los bienes municipales, y que se cuente con los mecanismos de control que aseguren su existencia.

l) Realizar constataciones sobre la correcta imputación de las distintas instancias que contempla el Sistema de Contabilidad Gubernamental.

m) Realizar exámenes oportunos a las operaciones económicas y financieras procediendo a representar situaciones que no se enmarquen en el ámbito de la legalidad vigente, y otros que disponga la Dirección.

n) Revisar las rendiciones de cuenta.

o) Evaluar el cumplimiento del Plan de Desarrollo Comunal en su aspecto financiero presupuestario.

p) Remitir a la Secretaría Municipal la información relativa a la Ley N° 20.285.
p) Otras funciones que la Ley señale o que la autoridad superior le asigne, las que ejecutará a través de la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente.
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